Jurado popular absuelve a un culpable
Curiosa la sentencia de ayer en un caso de asesinato en Cantabria. Por lo visto, el acusado se declara culpable, y un jurado popular lo deja libre.
Leyendo la noticia, en la que aparece parte de la sentencia, me llama mucho la atención el siguiente párrafo:
Ocho de los nueve miembros del tribunal de legos han considerado que Ramón no tuvo intención de matar a Rebeca Crespo Vega, la mujer de 35 años a la que tenÃa alquilada una habitación en su vivienda de la calle Peñas Redondas, de Santander. Sostienen los jurados que el procesado «no era dueño de sus actos en el momento del hecho», ya que sus facultades mentales estaban «alteradas» cuando estranguló a la mujer debido a la «conducta conflictiva» de esta última, «manifestada varias veces a Ramón por vecinos del inmueble».
O lo que es lo mismo, que la mató por que se lo merecÃa, por molestarle.
¿y ahora?, ¿que pasa en estos casos?, el juez revisa la sentencia, o esto se queda asÃ, y el tio se queda en la calle.




8 Comentarios
30 de January de 2009
a las 10:32
Información Bitacoras.com…
Si lo deseas, puedes hacer click para valorar este post en Bitacoras.com. Gracias….
30 de January de 2009
a las 13:53
Señores y señoras por favor, si no saben de lo que hablan, no se lÃen la manta a la cabeza. S
i bien es cierto que (tal y como dijo la defensa)
<> principalmente por ser un hecho ilÃcito, existen situaciones acontecidas a tenor de unas circunstancias especiales y determinadas, en las que el sujeto que realiza la acción tÃpica –delito- , no puede ser declarado culpable.
Este caso, es una clara evidencia de lo dicho, no significa que matar salga barato, ni tampoco que podamos tomarnos la justicia por nuestra mano. Lo que fue relevante en los hechos enjuiciados (que además eran constitutivos de un delito de homicidio, y no de asesinato como sostenÃa la fiscal) lo importante como digo, es la situación de Ramón, una persona normal y corriente, que alquila una habitación de su casa a una compañera de trabajo para hacerla un favor, y para cuando se da cuenta se encuentra con una persona violenta y problemática, por no reproducir lo dicho en la Sala. Ante esto, y como recoge el artÃculo 20.1 de nuestro Código Penal, el absuelto entra en una situación de trastorno mental transitorio, no inducida por el mismo, que le impide remediar la acción de asfixiar a su compañera de piso, y acabar con su vida. No hay más, lo dicho es una eximente completa de la responsabilidad penal, de lo que resulta que el ya citado no sea culpable. No es que defienda su actuación, es que me atengo a los hechos probados y a lo que establecen nuestras leyes.
Además la actuación del Jurado fue muy acertada, pese a no ser legos en derecho, y a las meteduras de pata de la fiscal y la acusación particular, con lindezas del tipo <> o <>, que la verdad dan mucho que pensar cuando lo que se busca es la verdad.
Muchas gracias a los que lean mi parrafada.
30 de January de 2009
a las 13:55
Esto, no sale lo entre comillado que biene a ser:
- no podemos matar a los malos, aunque sean malos.
- como los hechos se produjeron a las 7 de la mañana, habÃa nocturnidad, y por lo tanto es asesinato.
- la labor de la defensa es siempre la de conseguir la absolución de su defendido.
30 de January de 2009
a las 14:33
Hola @Naïf, no tengo muy claro a quién te refieres con la primera frase “Señores y señoras por favor, si no saben de lo que hablan, no se lÃen la manta a la cabeza”, pero suponiendo que lo dices por mÃ, te diré, que evidentemente no soy abogado, ni tengo conocimientos de leyes.
Lo que me parece preocupante, siendo justo o no, aquà que cada uno lo entienda como quiera, es la frase que hace pensar, que si la mató por que le molestaba, pues como que no importa, y a partir de ésta opinión personal no creo que haya muchas más cosas de las que debatir.
Que según no se qué artÃculo, el jurado haya obrado bien, pues no lo sé, por la información que tu pones parece ser que si, lo cual no hace que a mà me parezca una sentencia lamentable.
Un saludo.
30 de January de 2009
a las 15:07
Se sepa o no de lo que se habla hay ago que se llama sentido comun y el caso es que una persona le quito la vida a otra!! Se declara culpable dice que la mato y el jurado lo justifica? no puedo creerlo aun.
30 de January de 2009
a las 16:53
Si eres culpable mejor que te juzgue un jurado, si eres inocente mejor un juez.
Lo del jurado popular es una tonterÃa, solo importamos lo malo de los paÃses anglosajones, me gustarÃa que copiasemos otras cosas como las listas abiertas…no que eso no interesa a nuestros polÃticos.
03 de February de 2009
a las 10:11
Vamos a ver, no se absuelve al acusado pq la asesinada molestara, se le absuelve pq estaba enajenado, pq no era dueño de sus actos. Si el propio acusado sabe lo que ha hecho y está arrepentido de ello, ¿que pena quieres ponerle? ¿No se supone que las carceles son paar “reinsertar en la sociedad”? ¿Que reinsercion necesita este hombre? Con toda la probabilidad el paso por la carcel serÃa totalmente perjudicial para el futuro de esta persona en su vida en sociedad. ¿O es que queremos que las carceles tengan una funcion de venganza de la sociedad contra el deliquente?
03 de February de 2009
a las 10:19
@Ivan, eso está muy bien, estoy de acuerdo contigo, pero lo que me parece lamentable, y es a lo que yo me refiero en el post, es al hecho de que mencionen como se comportaba la vÃctima, como si ella tuviera la culpa de lo que ha pasado.
No olvidemos que por muy enajenado que estuviera la ha matado, quizás una sentencia podrÃa haber sido un internamiento psiquiátrico o no sé, no soy juez y no tengo ni idea de lo que le podrÃa venir bien, y en ningún momento crÃtico nada que no sea la mención al comportamiento de la vÃctima, por muy “mala” que fuera.
Vamos, es lo que me parece.
Deja tu comentario